Bajo la ley de riesgo inherente equino de California, las personas generalmente asumen los riesgos inherentes de la equitación porque los caballos son animales inherentemente peligrosos. Sin embargo, los propietarios de caballos aún pueden ser responsables por las lesiones que sus caballos causen si actuaron con
- negligencia grave,
- imprudencia, o
- intención.
- Al presentar una demanda por responsabilidad equina contra el propietario del caballo que causó sus lesiones, puede que pueda obtener compensación financiera por su:
- Facturas médicas,
- Pérdida de ingresos,
- Pérdida de consorcio,
- Costos de rehabilitación y fisioterapia,
- Dolor y sufrimiento.
A continuación, nuestros abogados de lesiones personales en California responden preguntas frecuentes sobre las leyes de responsabilidad equina y las lesiones que puede haber sufrido:
- 1. Lesiones por caballos
- 2. ¿A quién puedo demandar?
- 3. ¿Son los caballos “inherentemente peligrosos”?
- 4. ¿Qué pasa con las exenciones de responsabilidad?
- Lectura adicional
También escuche nuestro podcast informativo:
1. Lesiones por caballos
Debido al riesgo inherente de la actividad equina, las lesiones comunes asociadas con la equitación incluyen:
- Lesiones en el cuello y la médula espinal,
- Lesiones en la cara,
- Conmociones cerebrales, lesiones traumáticas en la cabeza y otras lesiones craneales,
- Cicatrices,
- Lesiones oculares,
- Huesos rotos y fracturados,
- Daño por contusión muscular,
- Daño nervioso, y
- Muerte de un participante.1
El riesgo de lesión es una parte integral de las actividades equinas.
2. ¿A quién puedo demandar?
Dependiendo de los hechos del caso, una persona lesionada por un caballo en California puede presentar una demanda por lesiones personales contra las siguientes partes:
- Propietario del caballo: Los dueños de estos animales están obligados a ejercer un cuidado razonable para prevenir daños causados por su caballo.
- Propietario de la propiedad: Si una persona está montando en la propiedad de otra persona y resulta lesionada debido a esa propiedad, el propietario puede ser responsable ante quien resulte lesionado.
- Entrenador: Los entrenadores deben emparejar el caballo adecuado con el jinete adecuado según la habilidad del participante.
- Club de equitación o establo: Estas propiedades comúnmente incluyen casas club, paseos en pony y otras instalaciones equinas. Estas instalaciones pueden ser responsables de mantener condiciones seguras en el subsuelo y eliminar objetos desconocidos que podrían causar movimientos repentinos en los caballos y provocar colisiones.
- Patrocinadores de actividades equinas (“patrocinadores equinos”) de actividades relacionadas con caballos, incluyendo exhibiciones ecuestres, programas de equitación, entrenamiento equino, clubes de pony, salto de gran premio, clubes de caza, equitación de resistencia, carreras de obstáculos, clubes 4-H, doma clásica y desfiles.
3. ¿Son los caballos “inherentemente peligrosos”?
Los tribunales de California han sostenido que los caballos son animales “inherentemente peligrosos”.2 Los riesgos inherentes de las actividades equinas incluyen cosas como:
- Ser arrojado por el caballo,
- Ser mordido,
- Ser pateado o pisoteado, o
- Caer de la silla. 3
Estos riesgos significan que los tribunales de California presumirán que los jinetes generalmente asumen el riesgo asociado con esta actividad en la mayoría de las circunstancias.
Tipos de “Asunción del Riesgo”
La “asunción expresa del riesgo” ocurre cuando alguien requiere que el jinete firme un formulario que libera a esa persona de responsabilidad. También llamada exención de responsabilidad, firmar este documento renuncia a ciertos derechos.4
La “asunción primaria del riesgo” ocurre cuando un jinete resulta lesionado al elegir montar un caballo a pesar de conocer los riesgos generales involucrados en la actividad. Un demandado (la persona que es demandada) no tiene el deber de proteger a un jinete de riesgos que son parte natural de la equitación. Esta asunción está incorporada en la ley de California, pero hay excepciones:
- Negligencia grave: La negligencia grave es una desviación extrema de lo que una persona ordinaria y razonable haría en la misma situación. Es más que una negligencia ordinaria, y la parte culpable no hizo un esfuerzo prudente suficiente para proteger a la víctima.
- Acciones imprudentes: Una persona actúa imprudentemente cuando sabe que es muy probable que su conducta cause daño, y la persona ignora conscientemente ese riesgo con desprecio temerario.
- Acciones intencionales: Si una persona pretende causar daño cuando comete un acto que causa lesión a otra persona, no está protegida por la doctrina de asunción del riesgo.
4. ¿Qué pasa con las exenciones de responsabilidad?
Las exenciones de responsabilidad son una forma de asunción expresa del riesgo. Son acuerdos escritos —como un contrato escrito— bajo los cuales la persona que desea montar un caballo acepta no responsabilizar a ciertas personas por cualquier lesión que pueda resultar de la equitación.
¿Tiene California una ley de responsabilidad equina?
No. California no es uno de los 46 estados con una EALA (por sus siglas en inglés, equine activity liability act) que cubre actividades con caballos y las lesiones que pueden resultar de ellas.5
Como resultado, la doctrina de asunción del riesgo se aplica a los casos de lesiones personales en California relacionados con caballos. Debido a esta regla, los propietarios de caballos que permiten que otros los monten a menudo requieren una exención de responsabilidad firmada.
¿Qué hace una exención de responsabilidad?
Las exenciones de responsabilidad proporcionan una defensa sólida contra una demanda por lesiones personales. Los formularios típicos de liberación incluyen lenguaje que exime a una persona de responsabilidad por lesiones que ocurran como resultado de la equitación, incluyendo la negligencia de los propietarios, sus empleados, la propiedad o incluso el propio caballo. En resumen, el lugar no es responsable de la seguridad del participante en muchos casos.
Aunque una exención de responsabilidad no puede impedir la presentación de una demanda, a menudo puede llevar a daños muy limitados o al desestimamiento total del caso. También puede servir como un disuasivo para presentar la demanda en primer lugar.
¿Cuándo es ejecutable una exención de responsabilidad?
Para ser ejecutables, las exenciones de responsabilidad deben:
- Informar completamente sobre los riesgos: Declaraciones generales como “montar a caballo es peligroso” no son suficientes; la exención debe ser un aviso de advertencia y detallar condiciones peligrosas latentes más específicas dentro del documento.
- Cumplir con todas las leyes de California: La ley de California tiene ciertos requisitos asociados con acuerdos o contratos válidos y vinculantes que deben cumplirse.
- Tener las firmas de las partes adecuadas: El acuerdo debe listar a las partes cuya responsabilidad se libera, y esas partes deben firmar el documento. La exención también debe listar a la persona que renuncia a sus derechos, como el jinete. Una persona solo puede renunciar a sus propios derechos, por lo que solo la persona que firmó probablemente esté cubierta por la exención. La excepción es para los niños, que no pueden firmar por sí mismos pero deben tener a un padre o tutor legal que firme la exención por ellos.6
Si la exención de responsabilidad tiene algún defecto, el tribunal no hará cumplir el acuerdo entre las partes. Sin embargo, el tribunal probablemente considerará el argumento de asunción primaria del riesgo al analizar cualquier caso de lesiones personales.
Lectura adicional
Para información más detallada, consulte los siguientes artículos académicos:
- Estatutos de responsabilidad equina: ¿Se están moviendo los tribunales en la dirección equivocada? – Journal of Animal and Natural Resource Law.
- Las leyes de responsabilidad por actividades equinas: una discusión de las existentes y sugerencias para una ley modelo – Kentucky Law Journal.
- El auge de las leyes de responsabilidad por actividades equinas – Animal Law.
- ¿Salvaron las leyes de responsabilidad equina a la industria del caballo? – Drake Journal of Agriculture Law.
- Diversión con caballos que salió mal: una propuesta de ley modelo de responsabilidad equina – Valparaiso University Law Review.
Referencias legales:
- NCBI. Lesiones relacionadas con caballos no fatales tratadas en departamentos de emergencia en Estados Unidos, 2001–2003.
- Ver Guido v. Koopman (1991) 1 Cal. App.4th 837, 842.
- Culture of Safety. Seguridad en la equitación.
- Ver, por ejemplo, Instrucciones civiles para jurados de California (CACI) 408 sobre la asunción primaria del riesgo. Algunos estados con leyes de responsabilidad equina incluyen Wyoming, Maine, Nueva Jersey, Ohio y Michigan. Véase también: Galardi v. Sea Horse Riding Club, (Cal. Ct. App. 1993) 16 Cal.App.4th 817; Kangas v. Perry, (2000) 620 N.W.2d 429; Russell v. Downing (N.H. 1974) 330 A.2d 454; Amburgey v. Sauder, (1999) 605 N.W.2d 84; Gibson v. Donahue, (2002) 772 N.E.2d 646.
- Maryland, Nueva York y Nevada tampoco tienen EALAs.
- Ver Bennett v. United States Cycling Federation (1987) 193 Cal.App.3d 1485.