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En California, un permiso de trabajo es algo que generalmente necesitas para trabajar si tienes menos de la edad legal para trabajar. También se conoce como un Permiso para Emplear y Trabajar. Sin embargo, hay excepciones a este requisito. También hay algunos trabajos que los menores no pueden realizar, así como límites en las horas que pueden trabajar.
¿Cuándo se requieren permisos de trabajo en California?
Las leyes de trabajo infantil de California requieren que haya un permiso de trabajo para conseguir un trabajo si:
- eres un menor de edad menor de 18 años, y
- todavía no has terminado la escuela secundaria.1
Sin embargo, no necesitas un permiso de trabajo para:
- realizar trabajos irregulares en hogares particulares a cambio de una compensación, como cuidar niños o trabajar en el jardín, o
- dirigir tu propio negocio o trabajar en una capacidad autónoma.2
¿Cómo puedo conseguir uno?
Puedes solicitar un permiso de trabajo a tu escuela. La solicitud se llama “Declaración de Intención de Emplear a un Menor y Solicitud de Permiso de Trabajo – Certificado de Edad” (también conocido como CDE Form B1-1). El formulario de solicitud de permiso de trabajo también está disponible en el sitio web del Departamento de Educación del Estado de California (CDE). El documento solicitante debe ser firmado por un padre o tutor legal a menos que estés emancipado.3
La solicitud puede ser aprobada por funcionarios de la oficina del distrito escolar local (que durante el verano sería el superintendente del distrito). Si es aprobada, estos funcionarios emitirían un Permiso para Emplear y Trabajar (también conocido como B1-4) al menor.
Esta autorización de trabajo de California establece:
- dónde puedes trabajar,
- en qué función puedes trabajar,
- cuántas horas puedes trabajar al día y a la semana,
- el rango de horas en que puedes trabajar durante el día, y
- cualquier restricción adicional sobre tu trabajo.4
También incluye otra información, como:
- el nombre y el número de Seguro Social del menor,
- información de la escuela pública o el sitio de la escuela charter,
- qué tipo de permiso se está emitido:
- a tiempo completo,
- capacidad de trabajo,
- restringido,
- general, o
- experiencia laboral educativa.
Tu empleador debe mantener una copia de la Autorización para Emplear y Trabajar en el lugar. Debe estar disponible para que los funcionarios lo inspeccionen.5 Muchos empleadores lo mantienen en el departamento de recursos humanos (RR. HH.).
La emisión de tu permiso de trabajo se puede revocar si:
- el trabajo está dañando tu salud o educación, o
- no se están cumpliendo las condiciones del permiso de trabajo.6
El permiso de trabajo expira 5 días después del comienzo del próximo año escolar.7
¿Hay trabajos que puedo hacer sin uno?
Sí, si tienes menos de la edad legal para trabajar en California, todavía puedes trabajar ciertos trabajos sin un permiso, como:
- cuidar niños,
- cortar el césped, y
- trabajar en una ruta de periódicos.
Puedes trabajar estos trabajos incluso si tienes menos de 12 años.
¿Cuántos años tengo que tener para trabajar?
La regla general en California es que tienes que tener al menos 14 años para trabajar. Esta es la edad legal de trabajo del estado. Sin embargo, hay excepciones a esta regla.
Algunos trabajos pueden ser realizados por menores menores de 12 años, sin permiso de trabajo. Estos son:
- trabajo por cuenta propia,
- trabajos agrícolas, incluyendo en una zona de peligro, siempre y cuando sean empleados por un padre o tutor legal que sea propietario, controle o opere los locales,8 y
- trabajos irregulares en casas particulares, incluyendo:
- cuidar niños, y
- trabajos en el jardín.9
Los niños mayores de 12 años pueden trabajar para vender los siguientes artículos sin permiso de trabajo:
- dulces, galletas, flores u otros artículos de forma puerta a puerta o en un lugar fijo en la calle o acera,10 y
- periódicos, revistas, publicaciones o circulares, siempre y cuando los niños estén a menos de 50 millas de su hogar.11
Sin embargo, para trabajar estos trabajos de venta, debes seguir estrictas reglas de supervisión de adultos.12
También puedes ser un actor infantil si tienes menos de 12 años, aunque necesitas un permiso de trabajo.13
¿Hay algún trabajo que no pueda realizar?
Hay algunos trabajos que los menores están prohibidos de tener, dependiendo de su edad.
La ley estatal de California prohíbe a los menores de 16 años trabajar:
- como conductor de automóvil o camión,
- en un ferrocarril,
- en andamios,
- en un barco,
- en túneles, excavaciones, minas o canteras,
- trabajos que hagan o usen ácidos o tintes peligrosos o tóxicos, o que produzcan grandes cantidades de polvo,
- trabajos de fabricación de tabaco, o
- cualquier otro trabajo que sea insalubre o peligroso.14
Además, las leyes y regulaciones federales promulgadas por el Departamento de Trabajo de los Estados Unidos (DOL) bajo la Ley Federal de Normas de Trabajo Justo (FLSA) prohíben a los menores de 18 años trabajar:
- en la industria de techado15 o en la industria de excavación,16
- en la industria de la tala de árboles o en una aserradero,17
- trabajos que impliquen operar máquinas de panadería,18
- con grúas u otras máquinas de izaje accionadas por energía,19 y
- en la industria de la empacadura de carne.20
Algunas leyes de trabajo infantil prohíben a los menores trabajar ciertos trabajos en ciertas condiciones. Por ejemplo, puedes trabajar en una tienda de paquetes que vende alcohol siempre y cuando estés bajo supervisión constante de alguien mayor de edad para beber.21
¿Cuántas horas puedo trabajar?
El número de horas que puedes trabajar depende de 3 factores:
- tu edad,
- si el día o el día siguiente es un día escolar, y
- si hay clases.
Los de 16 y 17 años pueden trabajar:
- 4 horas al día en días escolares,
- 8 horas al día en días no escolares o en días antes de un día no escolar, y
- hasta 48 horas por semana.22
Los de 14 y 15 años pueden trabajar:
- 3 horas al día en días escolares, pero no durante las horas de clase,
- 8 horas al día en días no escolares, y
- hasta 18 horas por semana, o hasta 40 horas por semana si no hay clases.23
Los menores de 14 años solo pueden trabajar mientras haya clases si han completado el 7º grado.24
Los menores que tengan 12 o 13 años no pueden trabajar en días escolares. Solo pueden trabajar en vacaciones o días festivos escolares.25
Estas horas de trabajo deben estar entre:
- 5am y 10pm, o hasta 12:30am si el día siguiente no es un día escolar, si tienes 16 o 17 años,
- 7am y 7pm, o hasta 9pm entre el 1 de junio y el Día del Trabajo, si tienes 15 años o menos.26
¿Todavía tengo que ir a la escuela?
Sí, aunque las reglas dependen de tu edad.
Si tienes menos de 16 años, debes mantener la asistencia escolar a tiempo completo, a menos que hayas terminado la escuela secundaria.
Si tienes 16 o 17 años y no has terminado la escuela secundaria, debes asistir a la escuela de continuación por lo menos:
- 4 horas por semana, si estás regularmente empleado, o
- 15 horas por semana, si no estás regularmente empleado.
¿Cuáles son las reglas para la industria del entretenimiento?
Para trabajar en la industria del entretenimiento,27 todos los menores de edad deben tener un Permiso de Empleo y Trabajo. Solo el Comisionado de Trabajo de la División de Normas de Trabajo de California (DLSE) puede emitir permisos de trabajo para la industria del entretenimiento. Los menores de 15 días de edad pueden obtener uno.
Tenga en cuenta que estos permisos son necesarios incluso si
- el entretenimiento es no comercial o
- el menor solo está haciendo grabaciones fonográficas o está trabajando como modelo publicitario o fotográfico.
Tenga en cuenta que los menores de 14 a 17 años deben completar entrenamiento de prevención de acoso sexual antes de obtener un permiso de trabajo para el entretenimiento.28
Referencias legales:
- Código de Educación de California 49160 y 49101 EC. Véase también Plegable de leyes de trabajo infantil, Departamento de Relaciones Industriales de California.
- 18 Ops. Cal. Atty. Gen. 114, 31 de agosto de 1951.
- Código de Educación de California 49110(c) EC.
- Código de Educación de California 49115 y 49163 EC. Véase también Solicitud de autorización para voluntarios / becarios sin remuneración para menores (CDE Form B1-6).
- Código de Trabajo de California 1299 LAB.
- Código de Educación de California 49164 EC.
- Código de Educación de California 49118 EC.
- Código de Trabajo de California 1293.1 y 1394 LAB.
- 18 Ops. Cal. Atty. Gen. 114, 31 de agosto de 1951.