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Las leyes de escuchas telefónicas y grabaciones encubiertas de Colorado hacen que sea un delito grabar conversaciones de otras personas sin el permiso de al menos uno de los participantes. Y si la conversación es una llamada telefónica interestatal, puede ser necesario obtener el permiso de todos antes de grabar legalmente la llamada. Pero cualquier conversación que ocurra en público puede ser grabada sin el permiso de nadie, ya que los participantes no tienen expectativas razonables de privacidad.
A continuación se presentan tres cosas importantes que debe saber sobre las leyes de grabación de Colorado:
1. Colorado es un estado de consentimiento de una sola parte
Como Colorado es un estado de consentimiento de una sola parte, las personas dentro del estado pueden grabar sus propias conversaciones en persona o llamadas telefónicas sin el permiso de los demás participantes. Pero si una persona en Colorado está hablando por teléfono con alguien que está en un estado de consentimiento de todas las partes, entonces la persona en Colorado debe obtener el permiso de esa otra persona antes de poder grabar la comunicación electrónica.1
Para que una persona pueda grabar legalmente una conversación en persona o una llamada telefónica de la que no forma parte, al menos una de las partes de la conversación debe dar su permiso. Pero como se explicó anteriormente, puede ser necesario obtener el consentimiento de ambos participantes en una llamada telefónica si al menos uno de ellos está en un estado de consentimiento de todas las partes. 2 Además, el participante debe consentir sin ser forzado o amenazado. 3
Tenga en cuenta que hay varias excepciones bajo la ley de Colorado donde las personas pueden legalmente escuchar o grabar conversaciones sin obtener aprobación previa. Algunos de estos incluyen:
- Agencias de noticias que emplean equipos típicos con el propósito de informar o investigar un evento de interés periodístico;
- Grabación de comunicaciones que son fácilmente accesibles por el público;
- Intercepción de comunicaciones de radio que utiliza el público en general; y
- Grabación de comunicaciones en una frecuencia autorizada dentro de las bandas de servicios de radioaficionados, ciudadanos o móviles generales.4
2. Violar las leyes de grabación de Colorado es un delito
Grabar conversaciones en persona (“escuchar conversaciones”) es un delito menor de clase 2, que conlleva:
- hasta 120 días en la cárcel, y/o
- una multa de hasta $750.5
Intervenir ilegalmente en una conversación telefónica inalámbrica, como a través de un teléfono celular, también es un delito menor de clase 2. Las penas incluyen:
- hasta 120 días en la cárcel, y/o
- una multa de hasta $750.6
De lo contrario, la intervención ilegal de conversaciones telefónicas es un delito grave de clase 6. Las condenas conllevan:
- 1 año a 18 meses en prisión, y/o
- $1,000 a $100,000 en multas.7
Tenga en cuenta que violar las leyes federal de intervención telefónica – que siguen las reglas de consentimiento de una sola parte – conlleva hasta 5 años de prisión.8
Además, las personas que afirman haber sido grabadas ilegalmente pueden presentar demandas civiles por invasión de la privacidad.
3. Se pueden impugnar los cargos de grabación ilegal
Seis posibles defensas a los cargos de grabación ilegal en Colorado son:
- La conversación grabada fue en un lugar público, y los participantes no tenían una expectativa razonable de privacidad;
- El acusado fue falsamente acusado;
- La grabación ocurrió por accidente, y el acusado no tenía la intención de grabar o escuchar la conversación privada;
- El acusado es víctima de una identidad equivocada, y alguien que no sea el acusado grabó la conversación;
- El acusado obtuvo permiso para grabar antes de la conversación, y el participante ahora está mintiendo sobre no haber dado permiso;
- La policía cometió una mala conducta, como coaccionar una confesión o encontrar la grabación a través de una búsqueda y confiscación ilegal.
Vea nuestro artículo relacionado, Leyes de Colorado sobre grabación de conversaciones en persona.
Referencias legales
- Colo. Rev. Stat. 18-9-302; CRS 18-9-303; CRS 18-8-304. Otros estados con consentimiento de una sola parte son Alabama, Alaska, Arizona, Arkansas, Distrito de Columbia, Georgia, Hawái, Idaho, Indiana, Iowa, Kansas, Kentucky, Luisiana, Maine, Minnesota, Misisipi, Misuri, Nebraska, Nueva Jersey, Nuevo México, Nueva York, Carolina del Norte, Dakota del Norte, Ohio, Oklahoma, Rhode Island, Carolina del Sur, Dakota del Sur, Tennessee, Texas, Utah, Virginia, Virginia Occidental, Wisconsin y Wyoming. Todos los estados con consentimiento de todas las partes (“estados con consentimiento de dos partes”) incluyen: California, Connecticut, Delaware, Florida, Illinois, Maryland, Massachusetts, Michigan, Montana, Nevada, Nuevo Hampshire, Oregón, Pensilvania, Vermont y Washington. Ver también People v. Mares (Colo. App. 2011) 263 P.3d 699.
- Igual.
- Ver People v. Rivera, (Tribunal Supremo de Colo., 1990) 792 P.2d 786.
- CRS 18-8-305.
- CRS 18-9-304.
- CRS 18-9-303. Antes del 1 de marzo de 2022, escuchar o interceptar una llamada telefónica inalámbrica era un delito menor de clase 1, con penas de 6 a 18 meses de cárcel y/o una multa de hasta $5,000. SB21-271.
- Igual.
- 18 U.S.C. 2515; 18 U.S.C. 2511.