Los acuerdos de no competencia que limitan sus posibilidades de trabajo futuro no son aplicables en California. El Código de Negocios y Profesiones 16600 anula y anula cualquier disposición contractual que le restrinja de “participar en una profesión, oficio o negocio lícito”.
Por lo tanto, si firmó un contrato de trabajo con un acuerdo de no competencia, aún debería poder trabajar legalmente en un negocio competidor sin restricciones de tiempo o geográficas.
En este artículo, nuestros abogados laborales de California discuten:
- 1. ¿Qué es un acuerdo de no competencia?
- 2. ¿Son aplicables los acuerdos de no competencia en California?
- 3. ¿Existen excepciones?
- 4. ¿Puedo ser demandado?
- 5. ¿Son diferentes los acuerdos de no solicitud?
1. ¿Qué es un acuerdo de no competencia?
También llamado acuerdo de no competencia, un acuerdo de no competencia es cuando un empleado de una empresa se compromete a no competir con esa empresa si el empleado renuncia o es despedido. Los acuerdos de no competencia generalmente se encuentran en un contrato de trabajo.
Por lo general, las disposiciones de no competencia especifican un período de tiempo específico (como un año) durante el cual el ex empleado está prohibido de trabajar para un competidor. Algunas cláusulas de no competencia especifican un área geográfica donde el ex empleado no puede competir contra la empresa.
El propósito de los acuerdos de no competencia es hacer que los empleados piensen dos veces antes de renunciar, ya que, de hacerlo, se les prohibiría trabajar en la misma profesión durante un período de tiempo significativo. Sin acuerdos de no competencia, los empleadores corren el riesgo de invertir tiempo y dinero en la formación de trabajadores solo para que estos se vayan y lleven sus habilidades a un competidor.
2. ¿Son válidos los acuerdos de no competencia en California?
No, los acuerdos de no competencia suelen ser inválidos según la ley estatal de California. Al anular los acuerdos de no competencia, la ley de California promueve la política pública de que las personas tengan la libertad y movilidad para trabajar donde quieran sin temor a represalias por parte de sus antiguos empleadores.1
Aunque los acuerdos de no competencia pueden no tener peso legal en California, los empleadores a menudo los incluyen en los contratos de empleo de todos modos. Y sin darse cuenta de que son inválidos, los empleados pueden sentirse atrapados en sus trabajos o pueden renunciar a su profesión elegida por completo.
Tenga en cuenta que muchos estados permiten acuerdos de no competencia “razonables” en contratos de empleo. Sin embargo, la ley de California prohíbe a los empleadores utilizar “cláusulas de elección de ley” para obligar a los empleados de California a someterse a la jurisdicción de otro estado con fines de no competencia.2
También tenga en cuenta que la FTC (Comisión Federal de Comercio) ha tomado medidas para prohibir completamente los acuerdos de no competencia. Si se implementa, esta medida podría aplicarse en 2024. Aprende más.
3. ¿Existen excepciones?
Los acuerdos de no competencia son permitidos en California en el contexto de 1) venta de un negocio, 2) sociedades y 3) LLCs.
3.1. Venta de un negocio
Cuando un propietario de un negocio vende su negocio (o interés en el negocio), el vendedor y el comprador pueden acordar legalmente que el vendedor no competirá con el negocio en la misma área geográfica.3
Dado que la persona que vende el negocio está en una posición de poder (a diferencia de los empleados en una empresa), la ley de California permite a los vendedores celebrar acuerdos de no competencia con sus compradores.
3.2. Sociedades
Cuando un socio de un negocio abandona una sociedad, las partes pueden acordar legalmente que el socio que se va no llevará a cabo un negocio similar en la misma área geográfica.4
Dado que los socios están en igualdad de condiciones entre sí (a diferencia de los empleadores y sus trabajadores), la ley de California les permite celebrar acuerdos de no competencia.
3.3. LLCs
Cuando un miembro de una compañía de responsabilidad limitada (LLC) abandona la LLC, las partes pueden acordar legalmente que el miembro saliente no llevará a cabo un negocio similar en la misma área geográfica.5
Tenga en cuenta que a veces los miembros de LLC también son empleados de la LLC. Aunque la ley de California seguirá haciendo cumplir los acuerdos de no competencia siempre que los términos estén adaptados al papel del empleado como miembro.
4. ¿Puedo ser demandado?
Los empleadores de California pueden amenazar con demandar a los trabajadores anteriores que compiten con ellos. Sin embargo, sus departamentos legales ya deberían saber que cualquier juez desestimará su caso (a menos que se aplique una de las excepciones discutidas anteriormente).
Las personas que han sido demandadas por violar un acuerdo de no competencia deben consultar a un abogado sobre la presentación de una petición para desestimar el caso de inmediato.
5. ¿Son diferentes los acuerdos de no solicitud?
Los acuerdos de no solicitud prohíben a los antiguos empleados de una empresa contratar (“robar“) a los empleados actuales de la empresa. Además, al igual que los acuerdos de no competencia, los acuerdos de no solicitud suelen ser inaplicables según la ley de California.6
(Tenga en cuenta que los tribunales de California suelen hacer cumplir los acuerdos de no divulgación que prohíben a los antiguos empleados revelar secretos comerciales, propiedad intelectual y otra información confidencial siempre que los acuerdos no sean demasiado amplios.)
Referencias legales
- Sección 16600 del Código de Negocios y Profesiones de California (“Excepto en los casos previstos en este capítulo, todo contrato por el cual se impide a alguien ejercer una profesión, oficio o negocio lícito queda en esa medida anulado.“). El Fiscal General Bonta recuerda a empleadores y trabajadores que los acuerdos de no competencia no son aplicables según la ley de California, Fiscal General de California (15 de marzo de 2022). AB 1076 (2023). SB 699 (2023). Véase también La FTC anuncia una regla que prohíbe los acuerdos de no competencia, Comisión Federal de Comercio, 23 de abril de 2024.
- Ver, por ejemplo, Stryker Sales Corp. v. Zimmer Biomet, Inc., (Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Este de California, 2017) 231 F. Supp. 3d. (“16600 representa un interés fundamental de política pública en California y debe anular las disposiciones contractuales de elección de ley al menos con respecto a tales convenios restrictivos.”). Ver también Power Integrations, Inc. v. De Lara (Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Sur de California, 2020) 2020 U.S. Dist. LEXIS 52724.
- 16601 PB – Venta de Fondo de Comercio o Acciones Corporativas (“Cualquier persona que venda el fondo de comercio de un negocio, o cualquier propietario de una entidad comercial que venda o de otra manera disponga de la totalidad de su interés de propiedad en la entidad comercial, o cualquier propietario de una entidad comercial que venda (a) todos o sustancialmente todos sus activos operativos junto con el fondo de comercio de la entidad comercial, (b) todos o sustancialmente todos los activos operativos de una división o subsidiaria de la entidad comercial junto con el fondo de comercio de esa división o subsidiaria, o (c) la totalidad del interés de propiedad de cualquier subsidiaria, puede acordar con el comprador abstenerse de llevar a cabo un negocio similar dentro de un área geográfica especificada en la que se haya llevado a cabo el negocio vendido, o el de la entidad comercial, división o subsidiaria, siempre y cuando el comprador, o cualquier persona que derive el título del fondo de comercio o del interés de propiedad del comprador, lleve a cabo un negocio similar en ella.“)
- 16602 PB – Acuerdos de asociación (“Cualquier socio puede, en anticipación o en caso de cualquiera de las circunstancias descritas en la subdivisión (b), acordar que no llevará a cabo un negocio similar dentro de un área geográfica especificada donde se haya realizado el negocio de la asociación, siempre y cuando cualquier otro miembro de la asociación, o cualquier persona que derive el título del negocio o su buena voluntad de cualquier otro miembro de la asociación, lleve a cabo un negocio similar en esa área.”).
- 16602.5 PB – Acuerdo de un miembro de no llevar a cabo un negocio similar dentro de una localidad especificada (“Cualquier miembro puede, en anticipación o en caso de disolución, o terminación de su interés en, una sociedad de responsabilidad limitada (incluyendo una serie de una sociedad de responsabilidad limitada formada bajo las leyes de una jurisdicción que reconoce dicha serie), acordar que él o ella no llevará a cabo un negocio similar dentro de un área geográfica especificada donde se haya realizado el negocio de la sociedad de responsabilidad limitada, siempre y cuando cualquier otro miembro de la sociedad de responsabilidad limitada, o cualquier persona que derive el título del negocio o su buena voluntad de cualquier otro miembro de la sociedad de responsabilidad limitada, lleve a cabo un negocio similar en esa área.”).“).
- Edwards v. Arthur Andersen LLP (Tribunal Supremo de California, 2008) 44 Cal. 4th 937.