Las disposiciones de no solicitud en los contratos de empleo generalmente son inejecutables en California. Por lo tanto, los empleadores de California generalmente no pueden impedir a sus antiguos empleados contratar a empleados actuales o solicitar a clientes actuales, pero los tribunales han hecho algunas excepciones.
Aquí hay cuatro cosas clave que debes saber:
- Los tribunales han encontrado acuerdos de no solicitud legales si presentaban “ningún impacto negativo” en los negocios.
- Los tribunales también han encontrado acuerdos de no solicitud legales si son necesarios para proteger los secretos comerciales.
- Los acuerdos de no solicitud son diferentes de los acuerdos de no competencia, donde los empleados acuerdan no trabajar en una empresa competidora después de la terminación.
- Al igual que los acuerdos de no solicitud, los acuerdos de no competencia son en su mayoría inejecutables.
En este artículo, nuestros abogados de empleo de California discuten:
- 1. ¿Qué es un acuerdo de no solicitud?
- 2. ¿Son legales los acuerdos de no solicitud en California?
- 3. ¿Qué pasa si hay una demanda?
- 4. ¿Cómo son diferentes los acuerdos de no competencia?
- Recursos adicionales
1. ¿Qué es un acuerdo de no solicitud?
Un acuerdo de no solicitud (también llamado “acuerdo de no interferencia”) es donde un empleado acuerda – si ese empleado más tarde deja la empresa – no contratar ni ofrecer empleo a los otros empleados de la empresa; y/o
- no solicitar a los clientes de la empresa.
En pocas palabras, los acuerdos de no solicitud prohíben a los ex empleados reclutar talento y/o clientes de su antiguo empleador.
Las cláusulas de no solicitud suelen encontrarse en contratos de empleo que los nuevos empleados deben firmar para trabajar en la empresa.
2. ¿Los acuerdos de no solicitud son legales en California?
En general, la ley de California prohíbe las disposiciones de no solicitud de empleados. Esto se debe a que la política pública del estado es minimizar las restricciones para que las personas puedan trabajar donde quieran, contratar a quien quieran y solicitar a quien quieran.1
Sin embargo, ha habido casos en los que los tribunales estatales de California sostuvieron acuerdos de no solicitud de empleados estrechamente elaborados.
2.1. “Sin impacto negativo”
En un fallo judicial relacionado con un incumplimiento de contrato de empleo, los jueces dijeron que la cláusula de no solicitud era exigible porque los empleados del demandante no estaban impedidos de obtener trabajo con el demandado o comunicarse con el demandado. La única restricción era que el demandado no podía contactar primero a los empleados del demandante.
En resumen, ya que la cláusula de no solicitud no tuvo “ningún impacto negativo general en el comercio o los negocios”, la disposición era exigible.
Así que parece que cuanto más amplia y restrictiva sea la disposición de no solicitud de un acuerdo de empleo, más probable es que sea inexigible bajo la ley estatal de California. Aunque si el acuerdo de no solicitud tiene un alcance corto y pone poca restricción a la movilidad del empleado, entonces los tribunales pueden estar más inclinados a dejar que tales acuerdos se mantengan.2
2.2. Excepción de secreto comercial
Los tribunales de California hacen cumplir los acuerdos de no solicitud cuando son necesarios para proteger los secretos comerciales de la empresa y otra información confidencial. El propósito de la “excepción de secreto comercial” es proteger a la empresa de la competencia desleal de los antiguos empleados que desean explotar la propiedad intelectual de la empresa para su propio beneficio.3
2.3. Venta de la empresa
Los acuerdos de no solicitud pueden ser exigibles si son accesorios a un propietario vendiendo todas sus acciones o intereses de una corporación, sociedad o compañía de responsabilidad limitada. En la práctica, estos acuerdos de solicitud son parte de una transacción comercial global, y los tribunales interpretan tales acuerdos de no solicitud en función de la totalidad de la transacción.4
2.4. Disolución de sociedades
Los acuerdos de no solicitud pueden ser exigibles en los casos en que los socios acuerdan no solicitar a sus socios o clientes en caso de que la sociedad se disuelva.5
3. ¿Qué pasa si hay una demanda?
En demandas que involucran acuerdos de no solicitud, los empleadores de California (demandantes) generalmente demandan al ex empleado (demandado) por alguna o todas las siguientes razones:
- incumplimiento de contrato
- incumplimiento de deber fiduciario
- interferencia con relaciones contractuales
- interferencia con ventaja económica prospectiva
- competencia desleal
- apropiación indebida de secretos comerciales
El demandado podría presentar entonces una moción para desestimar, alegando que el ex empleador no presentó una causa de acción para el alivio. Si eso no funciona, el demandado puede presentar entonces una moción para juicio sumario (pidiendo al tribunal que decida el caso en base a los hechos incontrovertibles del caso).
Si eso no funciona, entonces el caso iría a juicio a menos que las partes acuerden resolverlo fuera de los tribunales. (Tenga en cuenta que en algunos casos, las disputas se resuelven a través de la arbitraje en lugar de los tribunales).
Los empleadores generalmente buscan dos tipos de alivio:
- Alivio de carácter injuntivo, como una orden judicial para que el demandado no contrate a los empleados del demandante o solicite a sus clientes; y/o
- Compensación por cualquier dinero que las acciones del demandado hayan supuestamente costado al demandante.
Cualquier caso decidido a nivel del tribunal de distrito estatal podría ser apelado al tribunal de apelaciones judicial y finalmente al Tribunal Supremo de California. (Ciertos casos del tribunal supremo estatal pueden ser apelados al Tribunal Supremo de los Estados Unidos, pero esto es raro).
Dado que estos casos pueden arrastrarse durante años en los tribunales, la mayoría de las veces se resuelven fuera de los tribunales.
Por lo tanto, mientras que los acuerdos de no solicitud restringen a los antiguos empleados de una empresa de contratar a los empleados actuales de la empresa y/o solicitar a sus clientes, un acuerdo de no competencia restringe a los antiguos empleados de una empresa de trabajar en una empresa competidora.
Al igual que los acuerdos de no solicitud, los acuerdos de no competencia suelen ser no vinculantes en California porque obstaculizan a las personas para ejercer su profesión elegida.6
Recursos adicionales
Para obtener información más detallada, consulte estos artículos académicos:
- Proteger el capital humano de un empleador: los acuerdos de no competencia y el cambiante entorno empresarial – Revista de Derecho de la Universidad de Pittsburgh.
- Regulación de los acuerdos restrictivos de los médicos para mejorar la atención médica – Kentucky Law Journal.
- Utilización de la telemedicina para practicar la medicina en todo el país: la exigibilidad de los acuerdos de no competencia y cláusulas de no solicitud de los médicos – Hofstra Labor and Employment Law Journal.
- Cuestionando el acuerdo de no solicitud del empleado – Revista de Derecho de Loyola de Los Ángeles.
- Los parámetros de “solicitud” en una era de acuerdos de no solicitud – ABA Journal of Labor & Employment Law.
Referencias Legales
- Sección 16600 del Código de Negocios y Profesiones de California (“Salvo lo dispuesto en este capítulo, todo contrato por el cual alguien se vea impedido de ejercer una profesión, oficio o negocio lícito, será nulo en esa medida.“). AMN Healthcare, Inc. v. Aya Healthcare Services (Tribunal de Apelaciones de California, Cuarto Distrito de Apelaciones, División Uno, 2018) 28 Cal. App. 5th 923 (“La evidencia no discutida muestra que la sección 3.2 del CNDA restringió la capacidad de los demandados individuales para ejercer su “profesión, oficio o negocio”.). Edwards v. Arthur Andersen LLP (Tribunal Supremo de California, 2008) 44 Cal. 4th 937 (“Los tribunales de California no han abrazado la excepción de restricción estrecha del Noveno Circuito…La sección 16600 es inequívoca, y si el Legislativo pretendió que la ley se aplicara solo a las restricciones que fueran irrazonables o excesivas, podría haber incluido lenguaje en ese sentido.”). Véase también Barker v. Insight Global, LLC (Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Norte de California, División de San José, 2019) 2019 U.S. Dist. LEXIS 6523 (decisión de tribunal federal).
- Loral Corp. v. Moyes (Tribunal de Apelaciones de California, Sexto Distrito de Apelaciones, 1985) 174 Cal. App. 3d 268 (“Se debe considerar el impacto potencial en el comercio antes de invalidar un acuerdo de no interferencia, un contrato debe interpretarse como lícito si es posible, y la restricción solo afectó ligeramente a los empleados de la demandante, quienes no se vieron impedidos de buscar empleo con el nuevo empleador del demandado ni de contactarlo. Dado que el acuerdo de no interferencia no tuvo un impacto negativo general en el comercio o negocio, no era nulo de plano bajo la sección 16600.)
- Véase BP 16601. Blue Mountain Enterprises, LLC v. Owen (Tribunal de Apelaciones de California, Primer Distrito de Apelaciones, División Uno, 2022) 74 Cal. App. 5th 537.
- Vea BP 16602. Vea también BP 16602.5.
- Vea Edwards v. Arthur Andersen (“Sostenemos que el acuerdo de no competencia aquí es inválido bajo la sección 16600, y rechazamos la excepción de restricción estrecha que Andersen solicitó. Los acuerdos de no competencia son inválidos bajo la sección 16600 en California, incluso si están estrictamente definidos, a menos que caigan dentro de las excepciones estatutarias aplicables de la sección 16601, 16602 o 16602.5“). Vea International Business Machines Corp. v. Bajorek (9th Cir. 1999) 191 F.3d 1033 (“Es una cosa decirle a un hombre que si quiere su pensión, no puede volver a trabajar en su oficio nunca más, como en Muggill, y es muy diferente decirle que si quiere un millón de dólares de sus opciones de acciones, tiene que abstenerse de trabajar para un competidor durante seis meses. Debido al alcance limitado de la restricción, estamos obligados a mantener, bajo Campbell, General Commercial Packaging, y Smith, que el convenio no violó la sección 16600.”). General Commercial Packaging, Inc. v. TPS Package Engineering, Inc. (9th Cir., 1997) 114 F.3d 888 (“Aparte de Disney, TPS no estaba prohibido de solicitar trabajo de cualquier empresa con la que tuviera una relación previa. El contrato limita así el acceso de TPS a un segmento estrecho del mercado de embalaje y envío.”).