En una demanda por lesiones personales, puede demandar a una persona desconocida usando un demandado John Doe. El nombre “John Doe” representa al demandado desconocido. Cuando encuentre al demandado desconocido, puede enmendar su demanda y cambiar el nombre. Esto le permite iniciar su demanda sin conocer a todas las personas responsables de sus lesiones.
Los demandados John Doe son importantes cuando fue lastimado por varias personas. Puede cumplir con el plazo de prescripción usando uno en su demanda.
Ejemplo: Olivia resulta herida en un accidente de atropello y fuga. El coche es propiedad de una empresa de alquiler. La empresa se niega a revelar al conductor. Su abogado de lesiones personales nombra a un demandado John Doe para representar al conductor hasta que se pueda determinar la identidad del conductor.
Un demandado “John Doe” es un sustituto de una persona real a la que está demandando.
¿Qué es un demandado “John Doe”?
Un demandado “John Doe” es un sustituto de una persona real a la que está demandando. Si no conoce el nombre o la identidad de la persona, aún puede listarlos como demandados. Simplemente los listaría como “John Doe.” Si hay varios demandados John Doe, pueden nombrarse como:
- John Doe 1,
- John Doe 2,
- John Doe 3, etc.
Al nombrar a John Doe como demandado, puede iniciar su demanda sin conocer la verdadera identidad de un demandado. Su demanda indicaría que los nombres se agregarán cuando se identifique a las personas. Esto le da más tiempo para encontrarlos.
La identidad de los demandados John Doe a menudo se encuentra durante el proceso de descubrimiento. Este es el período durante la demanda donde se recopila la mayor parte de la evidencia.
Cada estado tiene su propio procedimiento para los demandados John Doe. En California, está descrito en la Sección 474 del Código de Procedimiento Civil.
¿Cuáles son algunas situaciones comunes donde se usa?
Los demandados John Doe son comunes en casos de lesiones personales. Representan a personas desconocidas que contribuyeron a sus lesiones.
Ejemplo: John está bajo anestesia general durante una cirugía. Una de las enfermeras olvida retirar una gasa del sitio de la cirugía. Él no sabe qué enfermera lo hizo. Enumera una docena de demandados John Doe en su demanda por negligencia médica, uno por cada enfermera.
Ejemplo: Alguien en una multitud empuja a Kate a la calle, donde es atropellada por un coche. Ella no sabe quién la empujó. Nombra a un demandado John Doe en su demanda hasta que pueda averiguarlo.
¿Qué sucede cuando descubro la identidad real de la persona?
Cuando descubre la identidad de un demandado John Doe, debe:
- enmendar su demanda, y
- notificarle la demanda.
Usted enmendará su demanda reemplazando al demandado John Doe con la identidad real de la persona. Los demandantes pueden enmendar su demanda una vez antes de que los demandados presenten su respuesta. Después de eso, pueden necesitar el permiso del tribunal para enmendar la demanda.1
Una demanda enmendada que reemplaza a un demandado John Doe debe:
- usar el mismo conjunto de hechos de la demanda original, y
- referirse al mismo accidente y lesiones.2
Es importante notificar al John Doe identificado. Esto notifica al demandado identificado sobre la demanda. La notificación de la demanda les informa que están siendo demandados. Les da la oportunidad de responder y defenderse. Si un demandado John Doe identificado no es notificado, las reclamaciones contra él o ella no continuarán.
Notificar a un demandado John Doe identificado solo requiere la citatoria original.3 Esto es diferente de notificar a un nuevo demandado. Agregar un nuevo demandado al caso requiere una citatoria enmendada. Sin embargo, los demandados John Doe no son nuevos. Estaban en la demanda original. Simplemente no estaban identificados.
Los demandados John Doe son especialmente útiles cuando se acerca el plazo de prescripción
¿Cuál es el impacto en el plazo de prescripción?
Los demandados John Doe son especialmente útiles cuando se acerca el plazo de prescripción. Nombrar a uno en su demanda le permite presentar la demanda antes de que expire el plazo. Esto puede ayudar si aún no conoce la identidad del demandado.
El plazo de prescripción le obliga a presentar una demanda dentro de un tiempo establecido después de una lesión. Si ese tiempo pasa antes de que inicie la demanda, esta será desestimada una vez presentada.
Esto crea un problema para las víctimas que no han identificado a una persona clave en su reclamo. Si no identifican al demandado, no podrían presentar la demanda. Si el plazo de prescripción pasa antes de que identifiquen a la persona, podría arruinar su caso.
Por eso existen los demandados John Doe. El sistema permite a las víctimas presentar sus casos, incluso si no conocen la identidad de un demandado. Esto permite a la víctima cumplir con el plazo de prescripción. Cuando se identifica a un demandado no nombrado, se enmienda la demanda. El nombre correcto reemplaza a John Doe. Luego se notifica al demandado.
Referencias legales:
- Ver Código de Procedimiento Civil de California 472.
- Smeltzley v. Nicholson Manufacturing Company, 559 P.2d 624 (1977).
- Gillette v. Burbank Community Hospital, 56 Cal.App.3d 430 (1976).