ARS § 13-3415 es la ley de Arizona que hace que sea un delito para las personas realizar ciertos actos con parafernalia de drogas, como usarla para cultivar, cosechar, fabricar, probar, inyectar o ocultar cualquier droga ilegal. “Parafernalia de drogas” incluye cosas como jeringas, bolsitas, clips de cucaracha y balanzas. La violación de esta ley es un delito de Clase 6 sancionable con hasta dos años de prisión estatal.
Ejemplos
- usar una balanza para ayudar a procesar cocaína.
- poseer una cuchara para ayudar en la cocción de drogas.
- entregar un paquete de tazas para ayudar a ocultar metanfetamina.
Defensas
Las personas tienen el derecho de desafiar cargos de parafernalia de drogas con una defensa legal. Algunas defensas comunes incluyen que los acusados demuestren que:
- no tenían “parafernalia de drogas”,
- no “poseían” parafernalia de drogas, y/o
- la aplicación de la ley violó uno de sus derechos constitucionales.
Penas
Una condena criminal bajo esta ley de drogas de Arizona es un delito de Clase 6 felony (en lugar de un delito misdemeanor). El delito es sancionable con:
- una pena de prisión estatal de hasta dos años, y/o
- una multa máxima de $150,000.
En este artículo, nuestros abogados de defensa criminal discutirán cuál es la ley bajo este estatuto, las defensas disponibles si se acusa, las penas por una condena y los delitos relacionados.
1. ¿Cómo define la ley de Arizona los delitos de “paraphernalia de drogas”?
El ARS 13-3415 hace que sea un delito para las personas hacer varias cosas con la paraphernalia de drogas. Estos incluyen:
- usar o poseer para usar paraphernalia de drogas para cultivar, cosechar, fabricar, probar, inyectar, preparar, almacenar, inhalar, ocultar o de otra manera introducir en el cuerpo humano cualquier droga ilegal,
- entregar o poseer con la intención de entregar paraphernalia de drogas sabiendo que se usará para cultivar, cosechar, fabricar, probar, inyectar, preparar, almacenar, inhalar, ocultar o de otra manera introducir en el cuerpo humano cualquier droga ilegal, y
- colocar un anuncio en una publicación con el fin de promover la venta de objetos diseñados o destinados para usarse como paraphernalia de drogas.i
Para los fines de estos delitos relacionados con drogas, “paraphernalia de drogas” se refiere a todo el equipo, productos y materiales de cualquier tipo que se usan, se destinan para usarse o se diseñan para usarse en la siembra, propagación, cultivo, cosecha, fabricación, procesamiento, preparación, prueba, análisis, empaque, almacenamiento, ocultamiento, inyección, ingestión, inhalación o de otra manera introducción en el cuerpo humano de cualquier droga ilegal.ii
Ejemplos de “parafernalia de drogas” incluyen:
- pipas de agua,
- globos,
- bongs,
- un objeto donde las drogas están en proximidad cercana al objeto,
- balanzas,
- jeringas,
- pipas,
- máscaras de fumar y carbureción, y
- objetos usados para ingerir drogas en el cuerpo humano.iii
2. ¿Hay defensas para ARS 13-3415?
Los abogados de defensa criminal recurren a varias estrategias legales diferentes para ayudar a los clientes a desafiar los cargos criminales presentados bajo este estatuto. Algunos comunes incluyen que los abogados muestren que:
- un acusado no tenía “parafernalia de drogas”.
- un acusado no “poseía” parafernalia de drogas,
- la policía violó uno de los derechos constitucionales del acusado.
2.1 Sin parafernalia de drogas
Este estatuto sólo prohíbe ciertos actos con respecto a la parafernalia de drogas. Además, el estatuto establece una definición precisa para “parafernalia de drogas”. Una defensa, entonces, es que un acusado demuestre que el objeto que tenía no se ajustaba a la parafernalia de drogas.
2.2 Sin posesión
Muchos cargos presentados bajo este código se refieren a cargos de posesión de parafernalia de drogas. Sin embargo, un cargo de posesión a veces es difícil de probar ya que un fiscal tiene que demostrar que un acusado tenía parafernalia de drogas en su persona, o estaba bajo su control. Por lo tanto, los acusados pueden desafiar un cargo demostrando que nunca realmente poseyeron parafernalia.
2.3 Violación de un derecho constitucional
Las personas acusadas en estos casos criminales siempre pueden intentar desafiar un cargo demostrando que la aplicación de la ley violó uno de sus derechos constitucionales. Por ejemplo, tal vez la policía:
- realizó una búsqueda o detención ilegal,
- detuvo o arrestó al acusado sin causa probable,
- coaccionó una confesión, o
- no leyó al acusado sus derechos Miranda.
En estas situaciones, un acusado puede usar la violación para tratar de excluir ciertas pruebas del caso o para que el caso sea desestimado por completo.
3. ¿Cuáles son las penas?
Las ofensas de drogas bajo este estatuto resultan en cargos de delito grave. En particular, una condena por drogas bajo ARS 13-3415 es una felonía de Clase 6.
Los delincuentes por primera vez de esta ley pueden recibir una pena de hasta dos años en prisión estatal (en lugar de tiempo de prisión).
Si una persona comete una condena de delito grave bajo esta ley, y tiene condenas anteriores relacionadas con el paraphernalia de drogas, entonces puede enfrentar más de dos años en prisión.
Bajo la Proposición 200 (o, “Prop 200”), algunos delincuentes de paraphernalia de drogas pueden ser elegibles para la libertad condicional. Además, algunos delincuentes pueden ser elegibles para un programa de desviación.
4. ¿Hay delitos relacionados?
Hay tres delitos relacionados con actos ilegales con paraphernalia de drogas. Estos incluyen:
- delitos de drogas peligrosas – ARS 13-3407,
- delitos de drogas narcóticas – ARS 13-3408, y
- trespaso – ARS 13-1503.
4.1 Delitos de drogas peligrosas – ARS 13-3407
Bajo ARS 13-3407, un delito de drogas peligrosas es donde las personas realizan ciertos actos en relación con una droga peligrosa (por ejemplo, poseer una, usar una o fabricar una). Las “drogas peligrosas” comunes incluyen metanfetamina, mescalina y MMDA.
El uso de drogas bajo este estatuto es un delito más grave que una violación de ARS 13-3415. Una condena bajo ARS 13-3407 puede resultar en un cargo de felonía de Clase 2 castigable con más de 12 años en prisión estatal.
4.2 Delitos de drogas narcóticas – ARS 13-3408
Por ARS 13-3408, un delito de drogas narcóticas es donde las personas poseen, usan, venden, fabrican y/o se involucran en el transporte de narcóticos. Algunos ejemplos de drogas narcóticas incluyen cocaína, codeína y heroína.
Las cargas de paraphernalia de drogas se pueden presentar con respecto a drogas peligrosas y drogas narcóticas.
4.3 2do grado de trespass – ARS 13-1503
De acuerdo con ARS 13-1503, el segundo grado de trespass es el delito en el que las personas entran o permanecen ilegalmente de manera consciente en una propiedad no residencial o en cualquier patio comercial cercado.
Tenga en cuenta que si una persona entra ilegalmente a una propiedad no residencial y está en posesión de paraphernalia de drogas, entonces un fiscal puede acusar a la persona de:
- segundo grado de trespass, según ARS 13-1503, y
- posesión de paraphernalia de drogas, según ARS 13-3415.
Referencias legales:
- Estatutos revisados de Arizona 13-3415A-C. Véase también Estado v. Escalante, 242 Ariz. 375 (2018).
- A.R.S. 13-3415F2.
- ARS 13-3415F2 (a) – (xiii).