El acoso sexual no es un delito en Colorado a menos que implique algún tipo de agresión o asalto sexual. En cambio, el acoso sexual generalmente es una cuestión civil. Esto significa que la presunta víctima puede presentar una demanda por compensación. Los fiscales no pueden perseguir cargos criminales, sin embargo. Las personas que cometen acoso sexual no van a la cárcel. En su lugar, pueden ser obligadas a pagar dinero a la víctima.
El acoso puede convertirse en un delito si se trata de contacto sexual ilegal (CRS 18-3-404).
Leyes de acoso sexual en Colorado
Hay 2 leyes que prohíben el acoso sexual en Colorado:
- 42 USC 2000e, una ley federal mejor conocida como Título VII, y
- CRS 24-34-402, una ley estatal.
Ambas leyes prohíben el acoso sexual en el lugar de trabajo. Lo tratan como una forma de discriminación por sexo o género.
Ambas leyes otorgan al victima el derecho de tomar acción legal. Pueden demandar a su acosador y a su empleador.
¿Qué es el acoso sexual?
El acoso sexual es una forma de discriminación en el lugar de trabajo. Implica avances o conductas sexuales no deseadas. El acoso generalmente se divide en 2 categorías:
- Conducta basada en el sexo que crea un entorno de trabajo desigual o hostil, o
- “Quid pro quo” acoso que vincula el éxito en el trabajo a favores sexuales.
La mayoría de los casos de acoso sexual son entornos de trabajo hostiles. Pueden implicar reclamos de:
- Avances sexuales no deseados,
- Toque no consensual,
- Bromas sexuales y humor grosero o grosero,
- Estereotipado,
- Conversación sexual incómoda en el lugar de trabajo, y
- Difundir rumores sexuales sobre los trabajadores.
No todos los casos de acoso sexual son tan evidentes, sin embargo. Algunos ejemplos menos obvios de acoso sexual pueden incluir:
- Pago desigual para diferentes géneros,
- Exigir favores sexuales para una promoción,
- Castigar o despedir a los trabajadores que se niegan a los favores sexuales, y
- Solo contratar, promover o favorecer a un género en el lugar de trabajo.
No es necesario ningún contacto físico para el acoso sexual.
Tampoco son necesarias desigualdades de poder en el trabajo. Los trabajadores pueden ser acosados
Lo que es necesario es que la conducta sea no deseada. La conducta sexual consensual no es acoso.
Título VII y acoso sexual
La ley federal que se aplica al acoso sexual en Colorado es 42 USC 2000e. Esta ley también se conoce como Título VII.
VII se aplica a los siguientes lugares de trabajo:
- Gobiernos estatales,
- Gobiernos locales y municipales, y
- Empresas privadas con más de 15 empleados.
Las personas que trabajan en empresas más pequeñas no pueden usar el Título VII para presentar una demanda por acoso sexual.
El Título VII permite a las víctimas de acoso presentar una demanda contra sus acosadores. También puede dar a las víctimas el derecho a demandar a su empleador por discriminación en algunas situaciones. El Título VII también protege a los empleados que presentan demandas por discriminación de represalias.
La ley estatal de Colorado contra el acoso sexual – CRS 24-34-402
CRS 24-34-402 es la ley estatal que permite demandas civiles por acoso sexual.
Esta estatuto se aplica a todos los empleadores, excepto a las instituciones religiosas que no reciben fondos federales. CRS 24-34-402 protege a los trabajadores de Colorado que trabajan en empresas pequeñas.
¿Qué son las demandas por acoso sexual?
Una demanda por acoso sexual en el lugar de trabajo es una reclamación civil. Tiene como objetivo responsabilizar al acosador por sus acciones exigiendo una compensación. En algunos casos, la demanda puede incluir al empleador por no prevenir el acoso.
Las demandas por acoso sexual exigen tanto daños compensatorios como daños punitivos.
Los daños compensatorios buscan reembolso para cubrir:
- Pérdida de salarios,
- Gastos médicos por síntomas relacionados con el estrés causados
por el acoso, - Cualquier reducción en el potencial de ganancia causada por una reputación manchada por rumores sexuales o acoso, y
- Sufrimiento mental.
Los daños punitivos pueden hacer que el acosador o el empleador paguen por un comportamiento especialmente reprensible.
¿Cuál es el delito de contacto sexual ilegal?
El acoso sexual puede convertirse en un delito si es lo suficientemente grave como para equivaler a contacto sexual ilegal. El acoso puede llegar a ser lo suficientemente grave si:
- El acosador toca intencionalmente al victima en un lugar íntimo, o
- El acosador consigue intencionalmente que la víctima lo toque en un lugar íntimo.
En cualquier caso, el contacto tiene que ser no consensual. Sin embargo, a diferencia del acoso sexual, es necesario el contacto.
Aunque el contacto no tiene que ser intencional, el presunto acosador tiene que saber lo que está haciendo.
El contacto sexual ilegal bajo el CRS 24-34-402 generalmente es un delito menor de Clase 1. Las condenas conllevan:
- 364 días de prisión, y/o
- Una multa de hasta $1,000.
Si el contacto involucró fuerza, intimidación o amenaza, el contacto sexual ilegal es un delito grave de Clase 4. Esto puede venir con entre:
- Multas de $2,000 a $500,000, y
- 2 a 8 años de prisión.
(Antes del 1 de marzo de 2022, el contacto sexual ilegal menor fue clasificado como un delito de riesgo extraordinario que conlleva hasta dos años de prisión. SB21-271.)