Bajo la ley de Nevada, la invasión de la privacidad se define como la intrusión en la vida personal de una persona sin una causa justa. La víctima puede tener motivos para una demanda por lesiones personales buscando daños monetarios.
En este artículo, nuestros abogados de lesiones personales de Nevada explican las leyes de invasión de privacidad de Nevada y qué daños monetarios pueden ser recuperables.
- 1. ¿Puedo demandar por “invasión de privacidad” en Nevada?
- 2. ¿Qué es “intrusión en la intimidad”?
- 3. ¿Qué es “apropiación de semejanza o identidad”?
- 4. ¿Qué es “divulgación pública de hechos privados”?
- 5. ¿Qué es “representación en una luz falsa”?
- Lectura adicional
1. ¿Puedo demandar por “invasión de privacidad” en Nevada?
La invasión de privacidad se define como la intrusión en su vida personal sin una causa justa. A su vez, la invasión de privacidad se divide en cuatro “causas de acción” diferentes. Estas incluyen:
- Intrusión en la intimidad,
- Apropiación de semejanza o identidad,
- Divulgación pública de hechos privados, y
- Representación en una luz falsa.
Como víctima de una invasión de privacidad, puede presentar una demanda por una o más de estas reclamaciones contra la persona o entidad que cometió el acto ilícito. Si tiene éxito, puede obtener daños monetarios.
Defensas:
Las defensas comunes a las reclamaciones de “invasión de privacidad” en Nevada incluyen:
- El acusado reveló verdades que no estaban privilegiadas (tenga en cuenta que esta defensa no se aplica a la divulgación pública de hechos privados),
- Dio su consentimiento a la invasión de privacidad y la intrusión del acusado no excedió el alcance de este consentimiento, o
- El acusado tenía el privilegio de invadir su privacidad.
Tenga en cuenta que los casos de invasión de privacidad tienden a ser más difíciles de ganar para figuras públicas que para ciudadanos privados.1
2. ¿Qué es “intrusión en la intimidad”?
Puede demandar por “intrusión en la intimidad” si se violó cualquier aspecto de su vida que razonablemente esperaba que no fuera invadido. Ejemplos comunes de esta causa de acción incluyen la intervención telefónica de su teléfono o la colocación de cámaras ocultas en su residencia.
Para establecer una demanda por intrusión en la intimidad, debes probar los siguientes elementos:
- El demandado intencionalmente invadió tu privacidad,
- La intrusión (que puede ser física o no física) sería considerada altamente ofensiva para una persona razonable,
- La conducta del demandado fue la causa real o próxima de la violación de tu privacidad, y
- La intrusión fue la causa real o próxima de que sufras algún tipo de daño.
Ten en cuenta que el motivo del demandado es irrelevante; por lo tanto, un demandado puede ser responsable por intrusión en la intimidad incluso si no tuvo la intención de ofenderte.
También ten en cuenta que no es necesario demostrar que sufriste alguna pérdida pecuniaria (financiera); el sufrimiento emocional y la angustia mental son daños suficientes para justificar una demanda por intrusión en la intimidad.2
3. ¿Qué es la “apropiación de semejanza o identidad”?
La apropiación de semejanza o identidad es el uso no autorizado de tu nombre o semejanza con fines comerciales por parte del demandado. Una defensa común a esta demanda es que la apropiación fue de interés periodístico: Si eres una figura de interés periodístico, la publicación de tu nombre o semejanza es legal siempre y cuando el uso no sea con fines comerciales o publicitarios.
Los daños por la apropiación de semejanza o identidad se miden por tu estatura, que a su vez es determinada por el público en general. En la mayoría de los casos, tanto el daño emocional como los daños generales son recuperables.3
4. ¿Qué es la “divulgación pública de hechos privados”?
Para que tengas éxito en una demanda por “divulgación pública de hechos privados”, debes probar lo siguiente:
- El demandado hizo una divulgación de hechos sobre su vida privada;
- Esta divulgación se considera altamente ofensiva para una persona razonable;
- Esta divulgación fue comunicada al público en general (o a suficientes personas para que llegue al público en general);
- La divulgación de estos hechos privados no es de interés periodístico y no sirve a ningún interés público legítimo;
- El demandado fue culpable de hacer la divulgación; y
- Las acciones del demandado fueron tanto la causa real como la causa próxima de la divulgación y del daño que sufrió.
Los demandados no serán considerados responsables si los hechos que revelaron ya eran conocidos o eran de dominio público. Además, no se requiere que demuestre ningún daño o pérdida pecuniaria: Demostrar angustia emocional y sufrimiento mental son suficientes para ganar en el tribunal.4
5. ¿Qué es la “representación en una luz falsa”?
La representación en una luz falsa es una publicación que da a las personas una impresión falsa de usted. Para probar esta demanda en el tribunal, debe demostrar que el demandado publicó algo que dio a otros una impresión inexacta sobre usted. Además, la luz falsa en la que se le puso sería considerada altamente ofensiva para una persona razonable.
Similar a otras demandas por invasión de privacidad, debes demostrar una causa real o próxima para poder recuperar daños. A diferencia de la apropiación del nombre o semejanza, no se requiere que haya uso comercial. Puedes recuperarte por el daño a tu reputación, estrés emocional y por cualquier pérdida financiera que hayas sufrido.5
Lecturas adicionales
Para obtener información más detallada, consulta estos artículos académicos:
- Sin daño, sin falta: Intento de invasión de privacidad y el delito de intromisión en la soledad – Revista de Derecho de Fordham.
- Los límites de la privacidad del delito – Revista de Telecomunicaciones y Tecnología de Alta Tecnología.
- Un delito para la era digital: la reconsideración de la invasión de la privacidad por luz falsa – Revista de Derecho de DePaul.
- La invasión del delito de invasión de la privacidad por parte del Noveno Circuito – CommLaw Conspectus.
- Invasión de la privacidad en el sector privado de empleo: aspectos ilícitos y éticos – Revista de Derecho de Houston.
Referencias legales:
- Invasión de la privacidad, Asociación de Prensa de Nevada.
- Intrusión en la intimidad, Harvard, Restatement of the Law, 2nd, Torts, 652B.
- Ver Hetter v. Octavo Tribunal Judicial del Distrito del Estado en y para el Condado de Clark, 110 Nev. 513 (1994).
- Ver Montesano v. Donrey Media Group, 99 Nev. 644 (1983).
- Ver Franchise Tax Bd. of Cal. v. Hyatt, 335 P.3d 125 (2014).