Expungir registros de “Beber y conducir siendo menor de edad” (UDD) en Colorado
El Estatuto Revisado de Colorado § 42-4-1301(2)(d) C.R.S. establece como un delito beber y conducir siendo menor de edad (menor de 21 años). Las personas condenadas por beber y conducir siendo menor de edad (UDD) pueden obtener la expungación de su registro si se cumplen todas las siguientes condiciones:
- su nivel de alcohol en la sangre era menor al 0,05%,
- no estaban conduciendo un vehículo comercial durante el UDD,
- nunca tuvieron una licencia de conducir comercial,
- completaron todos los términos de la sentencia del UDD (como pagar multas y realizar servicio comunitario),
- actualmente tienen al menos 21 años de edad, y
- no tienen otras condenas por UDD
Las personas elegibles para sellar sus condenas por UDD deben presentar una moción en la corte que escuchó su caso. Un abogado de defensa criminal puede encargarse de los trámites y asistir a la audiencia en la corte.
Expungir registros en casos juveniles de DWAI en Colorado
Las personas declaradas delincuentes por DWAI en la corte juvenil generalmente pueden solicitar la expungación de su registro un (1) año después de completar su libertad condicional si se cumplen todas las siguientes condiciones:
- no han sido declarados delincuentes juveniles por — o condenados por — ningún delito relacionado con violencia doméstica, delitos sexuales o posesión de un arma desde entonces,
- actualmente no enfrentan ningún cargo por delito grave, delito menor o delincuencia, y
- ya han pagado cualquier restitución ordenada por la corte (o actualmente están en un acuerdo de pago de restitución con el investigador de cobros de la corte)
Las personas elegibles para expungir sus casos juveniles de DWAI deben presentar una moción en la corte que escuchó su caso. Un abogado de defensa criminal puede encargarse de los trámites y asistir a la audiencia en la corte.
Obtenga más información sobre la expungación de registros juveniles en Colorado según el Estatuto Revisado de Colorado § 19-1-103 C.R.S.
Sellar casos de DWAI que han sido desestimados en Colorado
Las personas cuyos cargos de DWAI en Colorado han sido desestimados sin condiciones pueden ser elegibles para obtener un sellado de registro de inmediato. Pero las personas que tuvieron sus cargos de DWAI desestimados como parte de una sentencia diferida según el Estatuto Revisado de Colorado § 18-1.3-102 C.R.S. no son elegibles para un sellado de registro.
Tenga en cuenta que los “sellados” de registros son en gran parte lo mismo que las “expungaciones” de registros en Colorado.
Leyes de DWAI en Colorado
El Estatuto Revisado de Colorado § 42-4-1301 (1)(g) C.R.S. establece como un DWAI conducir bajo la influencia de alcohol o drogas, incluso en “el menor grado”. En general, las personas son vulnerables a arrestos por DWAI por conducir con un nivel de alcohol en la sangre superior al 0,05% pero menor que el límite legal de 0,08%.
Las penas por DWAI aumentan con cada delito sucesivo:
Una primera condena por DWAI conlleva:
- de 2 días a 180 días en la cárcel,
- una multa de $200 a $500,
- de 24 a 48 horas de servicio comunitario, y
- 8 puntos en el registro de manejo del DMV
Una segunda o tercera condena por DWAI conlleva:
- de 10 días a un año en la cárcel,
- una multa de $600 a $1,500,
- de 48 a 120 horas de servicio comunitario, y
- 8 puntos en el registro de manejo del DMV
Y una cuarta condena por DWAI se procesa como un delito grave, que conlleva:
- una multa de $2,000 a $500,000,
- de 2 a 6 años en la Prisión Estatal de Colorado, y
- 3 años de libertad condicional obligatoria
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