Puedes demandar a alguien por darte herpes. El mecanismo legal para esto sería presentar una demanda por lesiones personales.
Todas estas demandas buscarían una compensación financiera para cubrir las pérdidas asociadas con tu enfermedad, como facturas médicas, salarios perdidos y dolor y sufrimiento. Una demanda también puede responsabilizar a la persona que te infectó por sus acciones.
¿Puedo demandar por contraer herpes durante el sexo consensuado?
Sí, puedes presentar una demanda por lesiones personales contra alguien que te infectó con herpes incluso si el sexo fue consensuado. La demanda alegaría que el transmisor fue negligente porque:
- tenía herpes,
- no te informó sobre su condición,
- no hizo nada para prevenir su transmisión, y
- podía prever razonablemente el daño que podría causar.1
Un compañero sexual puede ser considerado responsable incluso si no cree que es contagioso.2 Incluso no necesitan tener conocimiento real de que están infectados. Si razonablemente deberían haber sabido que tenían herpes, pueden ser responsables por transmitirlo.3
Ejemplo: Paul tiene relaciones sexuales sin protección con numerosas personas. Desarrolla síntomas de herpes, pero no va al médico ni recibe un diagnóstico. Luego tiene relaciones sexuales sin protección con Kathy y ella contrae herpes.
Si tu transmisor sabía que estaba infectado pero te mintió al respecto, no solo enfrentan demandas civiles, sino que también podrían enfrentar responsabilidad penal por exposición intencional a una enfermedad de transmisión sexual. Podrían ser multados y encarcelados.
¿Qué pasa si el sexo no fue consensuado?
Si contrajiste herpes durante un acto sexual no consensuado, puedes demandar por agresión civil.
Para responsabilizar a alguien por agresión después de transmitir herpes, debes demostrar que:
- el acusado te tocó con la intención de hacerte daño,
- no consentiste al contacto, y
- fuiste dañado por la conducta del acusado.4
Estos acusados también pueden enfrentar cargos penales no solo por exposición intencional, sino también por agresión sexual/violación.
¿Pueden los cónyuges ser responsables?
Tu cónyuge puede ser considerado responsable por infectarte con herpes. Los cónyuges no están exentos de responsabilidad por transmitir una enfermedad de transmisión sexual.5
¿Qué compensación puedo recuperar?
Si tienes éxito, una demanda puede recuperar una compensación por tus pérdidas, como:
- facturas médicas,
- gastos médicos futuros previstos,
- cualquier salario perdido durante tu recuperación,
- dolor físico por la condición,
- sufrimiento mental y angustia emocional por tener herpes,
- vergüenza, y
- daño a tu reputación.
También puedes recuperar otros gastos de bolsillo si se derivan de la transmisión.
¿De dónde vendría esa compensación?
En la mayoría de los casos, el transmisor sería considerado personalmente responsable. Esto significa que pagarían la compensación de su propio bolsillo.
Ten en cuenta que es poco probable que recuperes una compensación completa. La mayoría de las personas que transmiten herpes no pueden pagar los costos de una sentencia judicial.
En algunos casos, sin embargo, el seguro de responsabilidad civil del propietario del transmisor proporcionará cobertura si su póliza tiene disposiciones amplias de responsabilidad. Estos están destinados a cubrir daños que son infligidos accidentalmente por el titular de la póliza. Podrían extenderse a la transmisión de una ETS, incluyendo el herpes.
¿Es un crimen?
Transmitir intencionalmente una ETS es un delito en muchos estados. Además, una condena por uno de estos delitos puede ser utilizada como evidencia en su caso de lesiones personales.
En California, Código de Salud y Seguridad 120290 HS hace ilegal la transmisión de enfermedades infecciosas como:
- HIV,
- SIDA,
- clamidia, o
- herpes.
Para que un fiscal te declare culpable de violar el HS 120290, deben probar más allá de una duda razonable estos elementos del crimen:
- tú sabías que tú, o un tercero, tenían una enfermedad infecciosa o contagiosa,
- actuaste con la intención de transmitir, o causar que un tercero transmita, esa enfermedad a otra persona,
- te involucraste en “conducta que representaba un riesgo sustancial de transmisión” a otra persona, y
- transmitiste (ya sea por tus propias acciones o las de un tercero) la enfermedad a la otra persona.
Las violaciones son delitos menores que conllevan hasta:
- 6 meses en la cárcel, y/o
- $1,000 en multas.
Lectura adicional
Para obtener información más detallada, consulta estos artículos académicos:
- Revisión de la ley penal sobre la transmisión de enfermedades – Derecho pionero de atención médica.
- Responsabilidad por la transmisión de SIDA y herpes – Encuesta anual de derecho estadounidense.
- Besos y cuentas: haciendo el caso de la transmisión notoria de herpes y virus del papiloma humano – Revista de derecho de Missouri.
- Responsabilidad en agravio por la transmisión sexual de enfermedades: herpes genital y la ley – Revista de derecho de Cornell.
- El herpes genera una nueva epidemia legal: demandas por fraude y negligencia – Defensa familiar.
Referencias Legales:
- Doe v. Roe, 218 Cal.App.3d 1538 (1990).
- Doe v. Roe, Supra.
- John B. v. Superior Court, 137 P.3d 153 (2006).
- Ver Instrucciones del Jurado Civil de California (CACI) 1300.
- John B. v. Superior Court, Supra.