Bajo CRS § 18-7-102, la promoción (o promoción al por mayor) de obscenidad a un niño menor de edad en Colorado es un delito de clase 6. Si es condenado, enfrentará un año a 18 meses de prisión, $1,000 a $100,000 en multas y registro obligatorio como delincuente sexual.
De otra manera, la obscenidad se procesa como un delito menor.
En este artículo, nuestros abogados de defensa penal de Denver Colorado responderán las siguientes preguntas clave:
- 1. ¿Cuál es la definición legal de obscenidad?
- 2. ¿Cuándo es la obscenidad un delito en Colorado?
- 3. ¿Cuáles son las penas bajo CRS 18-7-102?
- 4. ¿Tengo que registrarme como delincuente sexual?
- 5. ¿Cómo puedo luchar contra el caso?
- 6. Delitos relacionados
1. ¿Cuál es la definición legal de obscenidad?
Obsceno tiene una definición de tres puntas en Colorado:
- Atractivo para los intereses sexuales; y
- Que represente o describa representaciones ofensivas de actos sexuales o genitales; y
- Que carezca de valor literario, artístico, político o científico serio.1
La obscenidad puede tomar cualquier forma material o performativa, como:
- Revistas, libros, cartas o manuscritos,
- Vídeo, películas, fotografía, audio, canciones o discursos,
- Teatro en vivo o grabado, o
- Palabras o gestos
La CRS 18-7-102 prohíbe la promoción de la obscenidad en Colorado.
2. ¿Cuándo es la obscenidad un delito en Colorado?
Hay cuatro delitos principales de obscenidad:
2.1. Promoción de la obscenidad
De acuerdo con la ley de Colorado, promover la obscenidad es conocer:
- Promover – o poseer con la intención de promover – cualquier material obsceno; o
- Producir, presentar, dirigir o participar en una actuación obscena
Tenga en cuenta que la ley de Colorado presume que los acusados
Una falta de clase 2, promoción de obscenidad conlleva hasta 120 días de prisión y/o hasta $750 en multas.2
2.2. Promoción de la obscenidad a un menor
De acuerdo con la ley de Colorado, promover la obscenidad a un menor se define como conocer:
- Promover – o poseer con la intención de promover – cualquier material obsceno a un niño menor de 18 años; o
- Producir, presentar, dirigir o participar en una actuación obscena que involucre a un niño menor de 18 años
Una felonia de clase 6, promoción de la obscenidad a un menor conlleva de 1 año a 18 meses en el Departamento de Correcciones de Colorado (Prisión) y/o de $1,000 a $100,000 en multas. Además, hay un año de libertad condicional obligatoria. Y los acusados
2.3. Promoción al por mayor de la obscenidad
De acuerdo con la ley de Colorado, al por mayor promoción de la obscenidad es conocer hacer, vender, poseer o distribuir materiales obscenos con el propósito de reventa.
Una falta de clase 1, promoción al por mayor de obscenidad conlleva hasta 364 días de prisión y/o hasta $1,000 en multas.4
2.4. Promoción al por mayor de la obscenidad a un menor
De acuerdo con la ley de Colorado, al por mayor promoción de la obscenidad a un menor es conocer hacer, vender, poseer o distribuir materiales obscenos con el propósito de reventa a un menor.
Una felonía de clase 6, la promoción al por mayor de obscenidad a un menor conlleva de 1 a 18 meses de prisión y/o multas de $1,000 a $100,000. Además, hay un año de libertad condicional obligatoria. Y los acusados
3. ¿Cuáles son las penas bajo CRS 18-7-102?
La sentencia por violar las leyes de obscenidad de Colorado depende de si hay niños menores de 18 años involucrados:
Delito de obscenidad de Colorado | Castigo |
Promoción de obscenidad | Delito menor de clase 2:
|
Promoción de obscenidad a un menor | Felonía de clase 6:
|
Promoción al por mayor de obscenidad | Delito menor de clase 1:
|
Promoción al por mayor de obscenidad a un menor | Felonía de clase 6:
|
4. ¿Tengo que registrarme como delincuente sexual?
Los acusados
- Promoción al por mayor de obscenidad a un menor, o
- Promoción de obscenidad a un menor7
La promoción al por mayor de la obscenidad a un menor es un delito en Colorado.
5. ¿Cómo puedo combatir el caso?
Tres defensas potenciales para los cargos de obscenidad en Colorado incluyen:
- No tenías conocimiento. Un elemento necesario del delito de promover la obscenidad es que el acusado esté al tanto del contenido o carácter obsceno. Por lo tanto, una defensa potencial es que el acusado realmente no se dio cuenta de que estaba distribuyendo o vendiendo materiales obscenos. Por ejemplo, una persona de entrega contratada para transportar una caja de materiales obscenos no comete ningún delito si la persona de entrega no está al tanto de lo que hay en la caja.8
- El material no era obsceno. Las mentes razonables pueden discrepar sobre si algo cumple con la definición legal de lenguaje o representaciones obscenas. A menos que los fiscales puedan demostrar que los materiales o actuaciones en cuestión califican como obscenos, los cargos criminales deben ser desestimados.
- La policía cometió una falta. Si los agentes de la ley encontraron los materiales obscenos a través de una búsqueda ilegal, los abogados defensores pueden pedir al tribunal de Colorado que los suprima como evidencia. Si el tribunal está de acuerdo, el Fiscal del Distrito puede quedar con un caso demasiado débil para seguir procesando.
6. Delitos relacionados
6.1. Explotación sexual de un niño
Explotación sexual de un niño (CRS 18-6-403) es poseer, producir o distribuir material sexualmente explícito que involucre a un menor de 18 años de edad (pornografía infantil). La explotación sexual de los niños siempre es un cargo de felonía.
6.2. Exposición indecente
Exposición indecente (CRS 18-7-302) es el delito sexual de exponer los genitales a otra persona o masturbarse en un lugar público. Un delito de clase 1, las penas por este delito sexual incluyen hasta 364 días en la cárcel y/o hasta $1,000 en multas.
6.3. Conducta desordenada
Conducta desordenada (CRS 18-9-106) comprende perturbar la paz, crear una perturbación o pelear en público, o descargar un arma de fuego o mostrar un arma mortal. El delito puede ser acusado como un delito menor o una falta menor.
6.4. Agresión sexual
Violación (CRS 18-3-402) es cualquier acto de penetración sexual forzada o no consentida, como el sexo vaginal, oral o anal. Las personas que están inconscientes o drogadas no pueden dar consentimiento legal. El delito de abuso sexual más grave, la violación siempre se persigue como un delito grave. También vea nuestros artículos sobre agresión sexual infantil por alguien en una posición de confianza (CRS 18-3-405.3) y seducción de un niño (CRS 18-3-305).
6.5. Contacto sexual ilegal
Contacto sexual ilegal (CRS 18-3-404) es el contacto sexual no consentido que no llega a la violación, como acariciar. Este delito de comportamiento sexual ilegal puede ser un delito menor o un delito grave dependiendo del caso. También vea nuestro artículo sobre delitos de agresión, que incluyen contacto físico ilegal en el primer grado, segundo grado o tercer grado.
6.6. Invasión de la privacidad para satisfacción sexual
Invasión de la privacidad para satisfacción sexual (CRS 18-3-405.6) es tomar fotos íntimas de una persona sin el consentimiento de dicha persona. Puede ser un delito grave o un delito menor dependiendo del caso.
6.7. Solicitud de prostitución
Solicitud de prostitución (CRS 18-7-202) es pedirle a alguien que venda actos sexuales, conducta sexual o contacto sexual a cambio de dinero. Solicitar es una falta menor, con hasta 10 días de prisión y/o hasta $300. Vea nuestros artículos relacionados sobre patronizar a una prostituta (CRS 18-7-205), patronizar a un niño prostituido (CRS 18-7-406) y inducción a la prostitución infantil (CRS 18-7-405.5).
Referencias Legales
- Estatuto Revocado de Colorado 18-7-101. El lenguaje del estatuto se lee como sigue: (1) (a) Salvo lo dispuesto en el subapartado (1.5) de esta sección, una persona comete la promoción al por mayor de obscenidad si, conociendo su contenido y carácter, dicha persona promociona al por mayor o posee con la intención de promocionar al por mayor cualquier material obsceno.(b) La promoción al por mayor de obscenidad es un delito de clase 1.(1.5) (a) Una persona comete la promoción al por mayor de obscenidad a un menor si, conociendo su contenido y carácter, dicha persona promociona al por mayor a un menor o posee con la intención de promocionar al por mayor a un menor cualquier material obsceno.
(b) La promoción al por mayor de obscenidad a un menor es un delito de clase 6.
(2) (a) Salvo lo dispuesto en el subapartado (2.5) de esta sección, una persona comete la promoción de obscenidad si, conociendo su contenido y carácter, dicha persona:
(I) Promociona o posee con la intención de promocionar cualquier material obsceno; o
(II) Produce, presenta o dirige una actuación obscena o participa en una parte de la misma que sea obscena o que contribuya a su obscenidad.
(b) La promoción de obscenidad es un delito de clase 2.
(2.5) (a) Una persona comete la promoción de obscenidad a un menor si, conociendo su contenido y carácter, dicha persona:
(I) Promociona a un menor o posee con la intención de promocionar a un menor cualquier material obsceno; o
(II) Produce, presenta o dirige una actuación obscena que involucre a un menor o participa en una parte de la misma que sea obscena o que contribuya a su obscenidad.
(b) La promoción de obscenidad a un menor es un delito de clase 6.
(3) Derogado.
(4) Se presume que una persona que posee seis o más materiales obscenos los posee con la intención de promocionarlos.
(5) Esta sección no se aplica a una persona que posee o distribuye material obsceno o que participa en una conducta de otro modo prohibida por esta sección cuando la posesión, participación o conducta ocurre en el curso de actividades de aplicación de la ley.
(6) Esta sección no se aplica al comportamiento de una persona prohibido por esta sección que ocurre en la residencia de esa persona, siempre que esa persona no se dedique a la promoción al por mayor o promoción de material obsceno en su residencia.
- CRS 18-7-102; CRS 18-7-101. Antes del 1 de marzo de 2022, los delitos de clase 2 conllevaban de 3 a 12 meses de prisión y/o multas de $250 a $1,000. SB21-271.
- CRS 18-7-102; CRS 18-7-101. Véase también People v. Boles, (Colo.App. 2011) 280 P.3d 55.
- CRS 18-7-102; CRS 18-7-101. Antes del 1 de marzo de 2022, los delitos de clase 1 conllevaban de 6 a 18 meses de prisión y/o multas de $500 a $5,000. SB21-271.
- CRS 18-7-102; CRS 18-7-101.
- CRS 18-7-102.
- CRS 16-22-102 subsecciones v & w.
- Véase People v. Ford, (Corte Suprema de Colorado, 1989) 773 P.2d 1059.