CRS § 12-240-139 exige que ciertos profesionales, como los médicos en Colorado, informen lesiones específicas a las autoridades. La ley también los protege de demandas por hacer estos informes. Si no informan, pueden enfrentar cargos penales por delitos menores.
Ejemplos de informes obligatorios de lesiones incluyen:
- Cheryl es una cirujana de emergencia. Zeke es llevado de urgencia a la sala de emergencias con una herida de bala. Zeke se niega a decir cómo se disparó.
- Beatrice es asistente de un médico en una consulta médica. Uno de sus pacientes habituales programa una cita de emergencia. Tiene una herida grave de mordedura de perro que afirma que fue causada por un pit bull de un nuevo vecino.
- Nicola es una médica de atención primaria para niños. Durante un examen físico de una niña pequeña, Nicola nota moretones y otros signos de abuso.
Si se le acusa de no informar una lesión, tiene varias defensas legales, como:
- No es un informante obligatorio de lesiones según la ley,
- La lesión no estaba cubierta por la ley, y
- La lesión no fue probablemente el resultado de un delito.
Las violaciones de la ley de informes obligatorios de lesiones en Colorado son delitos menores, que conllevan:
- Una multa de hasta $300, y/o
- Hasta 10 días de cárcel.
Los médicos también pueden enfrentar problemas con sus licencias si no informan una lesión.
En este artículo, nuestros abogados defensores penales de Denver, Colorado discutirán:
- 1. ¿Qué informes son obligatorios?
- 2. ¿Qué defensas legales se pueden plantear?
- 3. ¿Cuáles son las sanciones por no informar?
- 4. ¿Puede permanecer anónimo como informante obligatorio?
- 5. Delitos relacionados con la obligación de informar lesiones
- 6. Otros informantes obligatorios
- Recursos adicionales
CRS 12-240-139 requiere que los médicos con licencia, asistentes de médicos y asistentes de anestesiólogos informen a la policía si sus pacientes tienen ciertas lesiones sospechosas.
1. ¿Qué informes son obligatorios?
CRS 12-240-139 es la ley de informes obligatorios de lesiones de Colorado. Requiere que ciertos profesionales médicos informen a la policía sobre lesiones sospechosas. También protege a los médicos de una demanda por hacer estos informes.
¿Qué profesionales médicos están cubiertos por la ley?
La ley de informes obligatorios cubre a los “licenciados,” que son cualquiera de los siguientes proveedores de servicios de salud con licencia para ejercer la medicina en Colorado:
- Un médico,
- Un asistente de médico, o
- Un asistente de anestesiólogo con licencia.1
Cualquier persona que no tenga una licencia para ejercer la medicina en Colorado no está sujeta a CRS 12-240-139.
¿Qué lesiones deben ser informadas?
La ley de informes obligatorios de Colorado solo cubre ciertos tipos de lesiones:
- Heridas de bala que parecen ser intencionales,
- Heridas de puñaladas que parecen ser intencionales,
- Lesiones por mordedura de perro que parecen ser causadas por perros peligrosos, y
- Cualquier otra lesión que se crea razonablemente que fue causada por un delito, como el abuso infantil o el abuso sexual.
Sin embargo, las lesiones de presunto violencia doméstica no tienen que ser informadas si:
- No son heridas de bala ni puñaladas ni mordeduras de perro, y
- Las lesiones no son graves.
Las víctimas de violencia doméstica mayores de 18 años también pueden pedirle a un médico que no informe sus lesiones.
Vea nuestro artículo relacionado, ¿Se aplica la ley de informes obligatorios de Colorado a la violencia doméstica?
¿Qué tipos de mordeduras de perro deben ser informadas?
Entre las lesiones que deben ser informadas según CRS 12-240-139 se encuentran ciertas mordeduras de perro. Sin embargo, la ley no enumera las razas de perros que están cubiertas. En cambio, la ley requiere que se informen las lesiones si la mordedura fue causada por un “perro peligroso.”
Bajo la ley de Colorado, los “perros peligrosos” son aquellos que:
- Dañan a personas u otros animales,
- Tienen tendencias que sugieren que dañarían a personas o animales, o
- Participan en peleas de perros o están entrenados para pelear con otros perros.2
2. ¿Qué defensas legales se pueden plantear?
Los profesionales médicos acusados de violar la ley de reporteros obligatorios tienen varias defensas legales. Estas incluyen:
- No estás cubierto por la ley.
- La lesión no está cubierta por la ley.
- La víctima no quiere que se informe de la lesión.
- No pensaste que la lesión fue el resultado de un delito.
No estás cubierto por la ley
La ley de reporteros obligatorios solo cubre a ciertos profesionales médicos:
- Médicos,
- Asistentes de médicos, y
- Asistentes de anestesiólogos.
Si no eres un reportero obligatorio, no puedes violar la ley de reporteros obligatorios.
La lesión no está cubierta por la ley
La ley de reporteros obligatorios solo cubre un pequeño conjunto de lesiones. Si se te acusa de no informar, el fiscal tiene que demostrar más allá de una duda razonable que fue una de estas lesiones.
La víctima no quiere que se informe de la lesión
La ley de lesiones obligatorias de Colorado permite a las víctimas adultas de violencia doméstica pedirle a un médico que no informe de sus lesiones en algunas situaciones. Ten en cuenta que esta defensa legal requiere varias cosas:
- La víctima tiene al menos 18 años,
- La lesión parece ser el resultado de violencia doméstica,
- La lesión no es un disparo o una herida de arma blanca que de otra manera requeriría informe, y
- La víctima pide que no se informe de la lesión.
Luego tienes que anotar la solicitud de la víctima en su expediente médico.
No pensaste que la lesión fue el resultado de un delito
Si las lesiones no involucraron un disparo o una herida de arma blanca o un mordisco de perro, solo se debe informar si hay motivos para creer que fue el resultado de un delito. Si no creías que las lesiones fueron el resultado de un delito y esa creencia es razonable, podría ser una defensa sólida.
3. ¿Cuáles son las sanciones por no informar?
Violar la ley de lesiones obligatorias de Colorado es un delito menor. Las sanciones por una condena incluyen:
- Una multa máxima de $300, y/o
- Una sentencia máxima de cárcel de 10 días.
Un delito menor es menos grave que un delito menor. Sin embargo, una condena por no informar de una lesión puede manchar el expediente de un médico. Esto puede dificultar conseguir un trabajo o una licencia profesional en el futuro.
Los reporteros obligatorios en Colorado están protegidos de ser procesados por informar a la policía sobre ciertas lesiones sospechosas.
4. ¿Puedes permanecer anónimo como reportero obligatorio?
Depende. Por ejemplo, los Servicios de Protección Infantil mantienen los informes confidenciales. Sin embargo, si los fiscales presentan cargos, pueden llamar al reportero para testificar en un juicio. Además, los presuntos abusadores de la víctima pueden estar presentes.
5. Delitos relacionados con la obligación de informar lesiones
Hay varios delitos bajo la ley estatal relacionados con no informar de lesiones. Algunos de ellos incluyen:
- Práctica no autorizada de la medicina (CRS 12-36-129). Esto hace que sea ilegal afirmar ser un médico sin la licencia adecuada.
- Ser cómplice de un delito (CRS 18-8-105). Esta ley hace que sea ilegal ayudar a alguien a escapar de un delito.
6. Otros reporteros obligatorios
Muchas otras ocupaciones requieren que los profesionales informen a la agencia de aplicación de la ley local sobre abuso físico u otro daño.
Bajo CRS 19-3-304, los siguientes profesionales deben informar el abuso infantil si tienen causa razonable.
- Trabajador social o trabajador en cualquier instalación o agencia con licencia o certificación (como proveedores de cuidado infantil, padres de crianza, trabajadores de instalaciones de cuidado residencial, refugios para jóvenes o personas sin hogar)
- Funcionarios o trabajadores de los departamentos del condado de salud, servicios humanos o servicios sociales
- Médico o cirujano, incluyendo un médico en formación
- Enfermero registrado o enfermero práctico con licencia
- Asociado de salud infantil
- Examinador médico o médico forense
- Dentista
- Osteópata
- Optometrista
- Podólogo
- Quiropráctico
- Fisioterapeuta
- Personal del hospital encargado de la admisión, cuidado o tratamiento de pacientes
- Practicante de ciencia cristiana
- Funcionario o empleado de escuela pública o privada
- Profesional de salud mental
- Higienista dental
- Dietista registrado
- Psicólogo
- Veterinario
- Oficial de paz
- Farmacéutico
- Procesador comercial de películas y fotografías
- Bombero
- Defensor de la víctima
- Consejero profesional con licencia, terapeuta matrimonial y familiar
- Persona registrada como candidato a psicólogo, candidato a terapeuta matrimonial y familiar o candidato a consejero profesional con licencia
- Psicoterapeuta registrado
- Miembro del clero
- Trabajador en el departamento estatal de servicios humanos
- Oficial de libertad condicional y libertad condicional juvenil
- Investigador de niños y familias
- Oficial y agente de la Oficina Estatal de Protección de Animales, y oficiales de control de animales
- Educador que proporciona servicios a través de un programa federal de nutrición suplementaria especial para mujeres, bebés y niños
- Director, entrenador, asistente de entrenador o personal del programa atlético empleado por una organización o programa deportivo privado
- Proveedor de servicios de emergencia médica (EMTs)
- El defensor de la protección infantil
Bajo CRS 18-6.5-108, los siguientes son los profesionales que deben informar el abuso, maltrato o explotación de adultos en riesgo que son ancianos y adultos con discapacidades intelectuales y del desarrollo (IDD).
- Tutores y curadores designados por el tribunal
- Veterinarios
- Miembros del clero
- Empleados, consultores o voluntarios que transportan adultos en riesgo
- Personas que brindan servicios de atención médica o servicios relacionados con la salud.
- Personal de atención domiciliaria
- Personal de hospitales y centros de atención a largo plazo encargados de la admisión, cuidado o tratamiento de pacientes.
- Primeros respondedores, que incluyen: proveedores de servicios médicos de emergencia, personal de protección contra incendios, agentes de la ley, cualquier persona empleada, contratada o voluntaria de cualquier agencia de aplicación de la ley, que incluye defensores de víctimas.
- Médicos forenses y médicos forenses
- Oficiales de cumplimiento de códigos
- Psicólogos, consejeros de adicciones, consejeros profesionales, terapeutas matrimoniales y familiares y psicoterapeutas registrados
- Trabajadores sociales
- Personal de Junta de Centros Comunitarios
- Personal, consultores o contratistas independientes de agencias de servicios para personas con IDD
- Personal o consultores de una instalación de atención, agencia, hogar o junta directiva (con licencia o sin licencia, certificado o no certificado), incluidas las instalaciones de atención a largo plazo, agencias de atención domiciliaria o proveedores de atención domiciliaria
- Cuidadores, miembros del personal, empleados o consultores de una agencia de colocación de atención domiciliaria
- Personas que realizan gestión de casos o servicios de asistente para adultos en riesgo
- Personal de los Departamentos de Servicios Humanos del Condado, Departamento de Servicios Humanos de Colorado (CDHS), Departamento de Salud Pública y Medio Ambiente de Colorado (CDPHE), Departamento de Política y Financiamiento de Atención Médica de Colorado (HCPF)
- Personal de centros para personas mayores u organizaciones de investigación y alcance para personas mayores
- Personal y personal de proveedores contratados de Agencias de Área sobre Envejecimiento (AAAs) (sin incluir al defensor de la atención a largo plazo)
- Personal escolar en escuelas que atienden a personas en Pre-K hasta el 12º grado
- Personal de bancos, asociaciones de ahorro y préstamo, cooperativas de crédito y otras instituciones de préstamos o financieras
Los informantes deben estar inmunes a ser demandados si hacen un informe falso de buena fe.
Recursos adicionales
- Servicios para niños y familias del Departamento de Servicios Humanos de Colorado (CDHS) – La División de Servicios para Niños y Familias supervisa la práctica de bienestar infantil y ofrece dirección política.
- Capacitación obligatoria del Departamento de Servicios Humanos de Colorado – Un módulo sobre cómo identificar e informar el abuso, la negligencia y la explotación de adultos en riesgo y adultos con discapacidades intelectuales y del desarrollo.
- Línea directa de Servicios de Protección Infantil – Un número para llamar para informar sospechas de abuso o negligencia infantil en Colorado.
- Red Nacional de Violación, Abuso e Incesto (RAINN): Informes obligatorios para víctimas infantiles – Breve descripción de los requisitos de informes obligatorios de Colorado.
- Oficina de Seguridad Escolar de Colorado: Hoja de consejos de informes obligatorios – Pautas para maestros y profesionales escolares sobre signos de abuso y negligencia.
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Referencias:
- CRS § 12-240. Tenga en cuenta que antes del 1 de marzo de 2022, la falta de reporte de lesiones por parte de reporteros obligatorios era una infracción menor de Clase 2 punible con hasta $300 y/o 90 días de cárcel. SB21-271.
- CRS § 18-9-204.5(2)(b).